Por: Redacción Sloveniacast | Foto: BoBo/Borut Živulović, Portal Multimedia de la Radiotelevisión de Eslovenia
El Tribunal Constitucional de Eslovenia ha dictaminado que la norma legislativa eslovena que estipula que sólo dos personas de distinto sexo pueden contraer matrimonio y que las parejas del mismo sexo que viven en pareja formal no pueden adoptar un niño juntos, es incompatible con la prohibición constitucional de discriminación.
La Asamblea Nacional tiene seis meses para abolir la inconstitucionalidad.
El matrimonio en Eslovenia es desde hoy una unión de vida entre dos personas, independientemente del sexo, y las parejas del mismo sexo que viven en unión civil pueden adoptar un niño juntos en las mismas condiciones que los cónyuges.
Según el Tribunal Constitucional, tal decisión no implica la introducción de un derecho absoluto a la adopción, sino que simplemente permite incluirlos en una lista de candidatos a la adopción. En cualquier caso, la selección de los padres adoptivos más adecuados seguirá siendo realizada por el centro de trabajo social.
Con información del Servicio Público de la Agencia de Prensa Eslovena.